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Título I de la C.E.

Agosto 14th, 2009

Título I: Derechos y Deberes Fundamentales: artículos 10 al 55.

De este título lo más importante es saberte el esquema, ya que este título junto con el Título III y el Título VIII son los únicos que tienen dentro Capítulos.

Este es el único título que se compone de capítulo y a su vez estos capítulos de secciones.

 

Art. 10: Derechos de la persona: dignidad de la persona, libre desarrollo, respeto a al ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social

CAPÍTULO PRIMERO: De los Españoles y los extranjeros

Art. 11: Normas sobre Nacionalidad: Ningún español de origen podrá se privado de su nacionalidad.

Art. 12: Mayoría de edad a los 18 años

Art. 13: Por tratado o Ley los extranjeros tienen derecho a sufragio activo o pasivo en las elecciones municipales.

Excluido de la extradición los delitos políticos, no considerándose como tales los actos de terrorismo.

 

CAPÍTULO SEGUNDO: De los Derechos y Libertades

Art. 14: Igualdad ante la Ley.

·     Sección 1ª: De los derechos fundamentales y de las libertades públicas. Ley orgánica.

Art. 15: Derecho a la vida e integridad física: Abolida la pena de muerte, salvo para tiempos de guerra.

Art. 16: Garantiza el derecho a la libertad ideológica y religiosa: Ninguna confesión tiene carácter estatal. Relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y demás confesiones.

Art. 17: Derecho a la libertad y seguridad.

Detención preventiva: máximo 72 horas.

Hábeas corpus: Poner a disposición de un juez de toda persona detenida ilegalmente.

Prisión provisional: La ley determinará el plazo máximo de duración.

Art 18: Derecho al honor, la integridad y propia imagen. El domicilio es inviolable, no se puede entrar sin el consentimiento del titular o sin resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.

 Art 19: Libertad de residencia y circulación.

Art. 20: Derecho a la libertad de expresión.

Art. 21: Derecho de reunión. No se necesita autorización, si es en lugares de transito público se dará comunicación a las autoridades. Sólo lo prohibirán cuando se de alteración del orden público.

Art. 22: Derecho de asociación. Prohibidas las asociaciones secretas y las de carácter paramilitar.

Art. 23: Derecho a la participación en asuntos públicos.

Art. 24: Derecho a la tutela judicial.

Art. 25: Principio de legalidad penal. La administración civil no podrá imponer sanciones que priven de libertad.

Art. 26: Prohibición de los Tribunales de Honor en el ámbito de la administración civil.

Art. 27: Derecho a al educación. Enseñanza básica es obligatoria y gratuita.

Art. 28: Derecho de sindicación (no obligatorio) y Huelga.

Art. 29: Derecho a petición, los miembros de las fuerzas armadas o cuerpos sometidos a disciplina militar solo individualmente.

·     Sección 2ª De los derechos y Deberes de los ciudadanos.

Art. 30: Obligaciones militares y objeción de conciencia. Ley orgánica.

Art. 31: Principios del sistema tributario. Principios de igualdad y progresividad.

Art. 32: Derecho al matrimonio.

Art 33: Derecho a la propiedad privada.

Art 34: Derecho de fundación para fines de interés general.

Art 35: Derecho y Deber de trabajar.

Art 36: Colegios Profesionales han de ser democráticos.

Art. 37: Derecho a la negociación colectiva.

Art. 38: Libertad de empresa en el marco de la economía de mercado.

 

CAPÍTULO TERCERO: De los principios rectores de la política social y económica.

Art. 39: Progreso social y económico.

Art. 41: Régimen de Seguridad Social.

Art. 42: Derecho a los emigrantes.

Art. 43: Los poderes públicos: Protección de la Salud y fomento del deporte.

Art. 44: Los poderes públicos: promoverán la cultura, ciencia e investigación.

Art. 45: Los poderes públicos velarán por la utilización del medio ambiente.

Art. 46: Los poderes públicos garantizarán la conservación del patrimonio histórico-artístico.

Art. 47: Derecho a la vivienda.

Art. 48: Participación de la juventud.

Art. 49: Protección de disminuidos físicos y psíquicos.

Art. 50: Pensiones y protección de la tercera edad.

Art. 51: Defensa de consumidores y usuarios.

Art. 52: Organizaciones profesionales.

 

CAPÍTULO CUARTO: De las garantías de los derechos y libertades.

Art. 53:

·     Del artículo 14 al 29 y el 30.2 podrán recabar la tutela ante los Tribunales Ordinarios a través del RECURSO DE AMPARO ante el Tribunal Constitucional.

·     Del artículo 30 al 39 (sección 2ª del capítulo segundo) se podrá tutelar mediante RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD ante el Tribunal Constitucional.

Art. 54: Defensor del Pueblo. Ley orgánica, Defensa de los derechos del Titulo I.

 

CAPÍTULO QUINTO: De la suspensión de los derechos y libertades.

Art. 55: Cuando se declare estado de excepción o sitio se pueden suspender estos derechos: Artículos: 17 libertad y seguridad, 18 intimidad, 19 secreto de comunicaciones, 20.1.a expresar y difundir libremente los pensamientos, 20.1.d. comunicar o recibir información veraz, 20.5. secuestro de las comunicaciones, 21 derecho de reunión, 28.2. Huelga, 37.2. conflicto colectivo. Excepto el apartado 3 del artículo 17 en caso de estado de excepción.

Para bandas armadas o elementos terroristas se suspenderán: artículos 17.2 detención preventiva y 18.2 y 18.3 domicilios es inviolable y secreto de comunicaciones.

Bloque Legislación

Agosto 10th, 2009

Estas oposiciones constan de dos partes bien diferenciadas, por lo que deben de ser estudiadas como dos asignaturas diferentes.

Por un lado está la parte de legislación y por otro la parte de informática, en este blog se irá explicando ambas partes, comenzando por la legislación.